Contrato de Servicios

Contrato de servicios que celebran “el prestador del servicio” y “el consumidor” cuyos nombres y datos constan en el anverso de este documento como parte integral del mismo, sujetándose al tenor de las siguientes clausulas.
  • Deberán de quedar especificados en la orden del servicios A) la fecha de entrega B) Cualquier deterioro que tenga la prenda incluyendo adornos y aplicaciones, C) Cualquier riesgo que corra la prenda por el proceso; D) El proceso al que será sometida la prenda decoloraciones visibles y por lo que se refiere a prendas que para cualquiera de las partes tenga el carácter de especiales su valor estimado características que guarda servicio solicitado, precio de servicio, límite de garantía, fecha de entrega y riesgo que corren serán convenidos previamente y por escrito entre “El consumidor” y “El prestador de servicio” en el anverso de este contrato. Todo tipo de cortinas y prendas que por su naturaleza sean expuestas al sol o a la intemperie no serán objeto de garantía, lo cual quedara por escrito en la orden de servicio.
  • “El prestador de servicio” no está obligado a eliminar las manchas que por su naturaleza sean insolubles, Así mismo no será responsable por las manchas no perceptibles a la vista al momento de la recepción de la (s) prenda (s) y que surgieren durante su proceso de (lavado o/y Planchado). Tales como residuos de perfumes, ácidos, desodorantes o exudación. En caso de servicio exclusivamente de planchado “El prestador de servicio” no es obligado a restablecer la apariencia original de la (s) prenda (s) en lo que se refiere a textura y tamaño.
  • “El prestador de servicio” se obliga a: A) Revisar el estado que guardan las prendas haciendo ver al consumidor cualquier deterioro o riesgo en el proceso de limpieza, B) Seguir las instrucciones de (lavado y/o planchado)contenidas en la etiqueta en idioma español; C) Repara las prendas en caso de deterioro parcial imputable al mismo, dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la inconformidad de “El consumidor” sin costo para este; D) Indemnizar en caso de deterioro total o perdida salvo causas de fuerza mayor a su propietario hasta máximo de 12 veces el costo del servicio pactando por dicha prenda o un máximo del 60% del valor de la prenda que las partes de común acuerdo hayan declarado o en su defecto que “El consumidor” pueda demostrar fehacientemente; E) Corregir sin cargo extra los defectos que “El consumidor” encuentre en el momento de recoger las prendas. La garantía se limita a la calidad del servicio. Salidas las prendas del establecimiento no se admite reclamación por este concepto; F) Entregar las prendas en el día pactado en la orden de servicio, salvo causas de fuerza mayor.
  • “El prestador de servicio” no es responsable de: A) Los daños que pudiera sufrir la prenda en caso de que esta no cuente con instrucciones de lavado o sean erróneas; B) El deterioro de rellenos, entretela o partes ocultas de la prenda; C) El estado de limpieza o planchado que guarden las prendas después de 30 días a partir del día pactado para la entrega.
  • “El consumidor” deberá: A) Recoger las prendas en la fecha convenida; B) Verificar que son las mismas que entrego para su servicio; C) Revisar que el servicio fue satisfactorio; D) Pagar el precio convenido de contado en moneda nacional o extranjera que acepte establecimiento las prendas para efecto del contrato no serán entregadas en forma parcial E) Pagar por el concepto de almacenaje después de 30 días el 1% del valor del servicio por cada día que transcurra en ningún caso del pago de almacenaje exceda por el monto total. En caso de que transcurran 30 días sin que “El consumidor” recoja su (s) prenda (s) “El prestador de servicio” se constituirá como acreedor prendario respecto a la (s) misma (s) pudiendo ejecutar la prenda de manera inmediata; F) En caso de no presentar la orden de servicio exhibir una identificación oficial, comprobante de domicilio, firmar de recibido en la copia de la orden de servicio que obre en poder de “El Prestador de servicio” y en el libro para que tal fin lleve el horario y días fijados por el establecimiento.
  • Son causas de terminación del presente contrato ; A) Que “El consumidor” antes de que se haya iniciado el proceso avise a “el prestador de servicio” que no quiere utilizar el servicio; B) Que “El prestador de servicio” detecte que la prenda o sus accesorios pudieran sufrir daños. En estos casos no abra indemnización para ninguna de las partes. Serán causales de rescisión del presente contrato que “El prestador de servicio” no cumpla con el periodo de entrega en las prox. 24 hrs. Si el trabajo no es urgente o que el servicio prestado no corresponda notoriamente con el pactado y no se haga efectiva la garantía salvo por causa imputable a “El Consumidor”
  • La recepción de este documento y entrega dela (s) prenda (s) implica la aceptación del presente contrato.
  • Para definir cualquier controversia las partes se someten a la ley Federal de Protección al Consumidor.

Este contrato fue probado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo en numero 1887 libro 1° Volumen 7° de la fecha 6 de enero de 96.

Contrato de servicios que celebran “el prestador del servicio” y “el consumidor” cuyos nombres y datos constan en el anverso de este documento como parte integral del mismo, sujetándose al tenor de las siguientes clausulas.

1ª Deberán de quedar especificados en la orden del servicios

  • A) la fecha de entrega
  • B) Cualquier deterioro que tenga la prenda incluyendo adornos y aplicaciones,
  • C) Cualquier riesgo que corra la prenda por el proceso;
  • D) El proceso al que será sometida la prenda decoloraciones visibles y por lo que se refiere  a prendas que para cualquiera de las partes tenga el carácter de especiales su valor estimado características que guarda servicio solicitado, precio de servicio, límite de garantía, fecha de entrega y riesgo que corren serán convenidos previamente y por escrito entre “El consumidor” y “El prestador de servicio” en el anverso de este contrato. Todo tipo de cortinas y prendas que por su naturaleza sean expuestas al sol o a la intemperie no serán objeto de garantía, lo cual quedara por escrito en la orden de servicio.

2ª “El prestador de servicio” no está obligado a eliminar las manchas que por su naturaleza sean insolubles, Así mismo no será responsable por las manchas no perceptibles a la vista al momento de la recepción de la (s) prenda (s) y que surgieren durante su proceso de (lavado o/y Planchado). Tales como residuos de perfumes, ácidos, desodorantes o exudación. En caso de servicio exclusivamente de planchado “El prestador de servicio” no es obligado a restablecer la apariencia original de la (s) prenda (s) en lo que se refiere a textura y tamaño.

3ª “El prestador de servicio” se obliga a:

  • A) Revisar el estado que guardan las prendas haciendo ver al consumidor cualquier deterioro o riesgo en el proceso de limpieza.
  • B) Seguir las instrucciones de (lavado y/o planchado)contenidas en la etiqueta en idioma español.
  • C) Repara las prendas en caso de deterioro  parcial imputable al mismo, dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la inconformidad de “El consumidor” sin costo para este.
  • D)  Indemnizar en caso de deterioro total o perdida salvo causas de fuerza mayor a su propietario hasta máximo de 12 veces el costo del servicio pactando por dicha prenda o un máximo del 60% del valor de la prenda que las partes de común acuerdo hayan declarado o en su defecto que “El consumidor” pueda demostrar fehacientemente.
  • E) Corregir sin cargo extra los defectos que “El consumidor” encuentre en el momento de recoger las prendas. La garantía se limita a la calidad del servicio. Salidas las prendas del establecimiento no se admite reclamación por este concepto.
  • F) Entregar las prendas en el día pactado en la orden de servicio, salvo causas de fuerza mayor.

4ª “El prestador de servicio” no es responsable de:

  • A) Los daños que pudiera sufrir la prenda en caso de que esta no cuente con instrucciones de lavado o sean erróneas.
  • B) El deterioro de rellenos, entretela o partes ocultas de la prenda.
  • C) El estado de limpieza o planchado que guarden las prendas después de 30 días a partir del día pactado para la entrega.

5ª “El consumidor” deberá:

  • A) Recoger las prendas en la fecha convenida.
  • B) Verificar que son las mismas que entrego para su servicio.
  • C) Revisar que el servicio fue satisfactorio.
  • D) Pagar el precio convenido de contado en moneda nacional o extranjera que acepte establecimiento las prendas para efecto del contrato no serán entregadas en forma parcial.
  • E) Pagar por el concepto de almacenaje después de 30 días el 1% del valor del servicio por cada día que transcurra en ningún caso del pago de almacenaje exceda por el monto total. En caso de que transcurran 30 días sin que “El consumidor” recoja su (s) prenda (s) “El prestador de servicio” se constituirá como acreedor prendario respecto a la (s) misma (s) pudiendo ejecutar la prenda de manera inmediata.
  • F) En caso de no presentar la orden de servicio exhibir una identificación oficial, comprobante de domicilio, firmar de recibido en la copia de la orden de servicio que obre en poder de “El Prestador de servicio” y en el libro para que tal fin lleve el horario y días fijados por el establecimiento.

6ª Son causas de terminación del presente contrato.

  • A) Que “El consumidor” antes de que se haya iniciado el proceso avise a “el prestador de servicio” que no quiere utilizar el servicio.
  • B) Que “El prestador de servicio” detecte que la prenda o sus accesorios pudieran sufrir daños. En estos casos no abra indemnización para ninguna de las partes. Serán causales de rescisión del presente contrato que “El prestador de servicio” no cumpla con el periodo de entrega en las prox. 24 hrs. Si el trabajo no es urgente o que el servicio prestado no corresponda notoriamente con el pactado y no se haga efectiva la garantía salvo por causa imputable a “El Consumidor”

7ª La recepción de este documento y entrega dela (s) prenda (s) implica la aceptación del presente contrato.

8ª Para definir cualquier controversia las partes se someten a la ley Federal de Protección al Consumidor.

Este contrato fue probado y registrado por la Procuraduría Federal del Consumidor bajo en numero 1887 libro 1° Volumen  7° de la fecha 6 de enero de 96